Método de Casos | Técnicas de Dinámica de Grupos

EL MÉTODO DE CASOS


Existen diversos métodos para manejar el estudio de casos como herramienta didáctica.

El método Harvard
Es el método de casos más antiguo y conocido. Fue desarrollado en 1880 por Christopher Langdell, en la Escuela de Leyes de la Universidad de Harvard.
Este método Harvard es el más utilizado por las escuelas de negocios en el mundo.
El objetivo principal del método Harvard es que los estudiantes aprendan por sí mismos, por procesos de pensamiento independiente. Otro de los objetivos es ayudar a los estudiantes a desarrollar su capacidad de usar conocimientos y desarrollar sus habilidades, ya que los conocimientos sin la habilidad de usarlos no son útiles. Por otro lado, la habilidad que no es alentada continuamente por nuevos conocimientos convierte las actividades en constantes rutinas.
En el método de casos Harvard el instructor actúa como catalizador. Señala los casos de estudio y propicia un ambiente favorable a la discusión del grupo; su objetivo es guiar el proceso de enseñanza-aprendizaje. Pero sin intentar cubrir el tema «diciéndolo». Por el contrario, ayuda a los estudiantes a descubrir por sí mismos las ideas más significativas para ellos, partiendo del informe de un caso.
Otro de los sellos distintivos de este método es la gran variedad y calidad de casos publicados.
Método de casos abreviados
El objetivo del método de casos abreviados es la brevedad. En este método se da al participante solamente la información necesaria para señalar un punto en especial que haya sido seleccionado y formulado por el instructor del curso. Se manejan informes sencillos, los cuales son fáciles de inventar asociando fragmentos de lecturas y experiencias.

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Periodismo: Temario Derecho Información (2ª Parte)

<- 1ª Parte –

2ª PARTE: Parte declarativa de la Constitución
Estructura y principios constitucionales

1) La Constitución. Concepto.
Definición de constitución: es el cauce de expresión jurídica del orden político de la sociedad, que debe ser igualitario (no puede haber órdenes políticos distintos), libre (los ciudadanos, directamente o por representantes, deben determinar su contenido) y seguro (la Constitución prevé los mecanismos de ejecución de la ley dependientes de la voluntad popular). Cauce que asegura la autodirección política de la sociedad. La constitución siempre llega a la igualdad. La libertad es la consecuencia también de la igualdad, ya que con el sistema constitutivo ningún individuo se impone a otro.
La unidad del ordenamiento político y jurídico, a la entrada (el Estado tiene que ser la expresión política única de la sociedad), y a la salida (la voluntad general de la sociedad, la ley aprobada por el Parlamento es la referencia de todos los poderes del Estado) es exigencia de la igualdad.
La legitimación del Estado por la sociedad, en su origen y en su ejercicio es exigencia de la libertad.
Objetivo de la Constitución: garantizar la autodirección política de la sociedad mediante los derechos individuales (orden de la igualdad y la libertad de los individuos en sus relaciones políticas o públicas) y la división de poderes (combinación de ambos).
En un estado constitucional todos podemos prever las consecuencias de nuestras actuaciones y en ello precisamente radica la idea de seguridad jurídica. Son los tres fundamentos de la constitución.
La unidad en el ordenamiento jurídico garantiza que todos somos iguales ante la ley. No existen privilegios (la inviolabilidad parlamentaria afecta directamente a las libres decisiones de los representantes del pueblo en el ejercicio de su función pública). La legitimación del Estado es provocada por el pueblo, por la libertad de los ciudadanos. El objetivo de la constitución no es otro que autodirigir la sociedad con la división de poderes y los derechos fundamentales (dos de los conceptos principales de la constitución).

2) Estructura de la Constitución
1.1.-Preámbulo
1.2.-Parte declarativa
a) Título preliminar
b) Título I: la declaración de derechos
1.3.-Parte orgánica: fuentes y órganos del Estado
1.4.-Título X

3) Características esenciales y principios informadores
3.1.- Norma jurídica fundamental y superior que vincula a los ciudadanos y a los poderes públicos (art. 9.1 CE). Supremacía de la Constitución sobre todos los poderes constituidos. La actuación de estos será regular en la medida en que se adecue a la Constitución. Sus actos pueden ser controlados y anulados si no se adecuan a lo que establece la Constitución. La Constitución es la norma jurídica superior.
No sólo los ciudadanos están sujetos a la Constitución, sino que los poderes públicos han de atenerse también a ésta. (Cláusula del código deontológico del periodista que habla de procurar que los poderes públicos cumplan con sus funciones).
3.2.- La constitución es también la norma superior del ordenamiento, por encima de la ley: rigidez y justicia constitucional como garantías. El carácter jurídico de la Constitución deriva de las garantías constitucionales (reforma constitucional y control de la constitucionalidad). La reforma es el Prius lógico e histórico del control de constitucionalidad de la ley. Para que tenga razón de ser el control de constitucionalidad de la ley como garantía es necesario que nos encontremos ante una constitución con fuerza de norma jurídica, y para ello es necesario, a su vez, que la Constitución sea considerada como norma distinta a la ley y que se reforme por un procedimiento distinto al legislativo ordinario.
La reforma es la garantía extraordinaria. El control de constitucionalidad es la garantía ordinaria, que se pone en práctica cada vez que hay una controversia que exige interpretar la Constitución y comprobar si la ley es conforme con la Constitución. Sólo se debe acudir a la reforma cuando existe un problema que requiere una solución y esta solución no es posible mediante la interpretación de la Constitución.
Que la constitución sea la norma superior del ordenamiento y esté por encima de la ley es algo que parece en principio algo básico, sin embargo, ante lo ocurrido en Alemania con la llegada democrática de Hitler al poder, a pesar de que todos los estados poseían su constitución no se la tenía como algo fundamental. Fue entonces cuando se buscó algo más que la democracia para asegurar la constitución. Es entonces cuando surge la justicia constitucional como garantía de cumplimiento de la constitución. Por la necesidad de asegurar que la mayoría cumple la constitución se crea la justicia constitucional. Es así como la norma superior del ordenamiento otorga a la constitución rigidez y justicia constitucional como garantías.

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Apuntes Derecho a la Información – Periodismo – 1ª Parte

1ª PARTE: EL ESTADO DESDE UNA PERSPECTIVA CONSTITUCIONAL

1.-La definición de estado: implica tres conceptos (que conforman cualquier forma de organización estatal):

?Poder
?Pueblo
?Territorio

2.-Estado constitucional: desarrolla el marco de la libertad de información. La característica básica que marca la diferencia con los demás estados es el PRINCIPIO DE IGUALDAD. Además el principio de igualdad explica la configuración específica que los tres elementos comunes a todas las formas políticas asumen en el Estado.
2.1.- Poder. El Estado en cuanto ente soberano e independiente.
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Apuntes Historia del Periodismo Universal (Universidad) Temas 8 y 9

Historia del Periodismo Universal

Tema 8.- Siglo XVIII. El siglo de las luces. La prensa en Gran Bretaña. 1ª mitad.

El siglo XVIII será el de las luces por su desarrollo lógico, pensamiento crítico y secularización del pensamiento. Esto se constata al leer los impresos. Los impresos religiosos quedan relegados a un 3er puesto mientras que los de carácter político y económico pasaran a ocupar 1º y 2º puesto. Además de que se observa una menor utilización del latín y mayor empleo de las lenguas vernáculas.

El S.XVIII va a ser el siglo de la revolución popular:
Ø La francesa, que incorpora a las masas. Estas se irán preparando durante 90 años para la revolución.
Ø Crecimiento constante de la sociedad urbana. Empiezan a formarse importantes núcleos de población urbana. Esto se dio como consecuencia del impulso de las fabricas ante los gremios y supuso una revolución industrial.
Para socializar a todas las personas que iban a las ciudades y que vivían en los cinturones que se crean alrededor de estas o que nacían en ellas, para incorporarles a la cultura, se utiliza la prensa diaria.
Hay un principio de esta época que dice que el hombre ilustrado es un hombre feliz, y un hombre feliz es un hombre tranquilo que no da problemas al estado porque está informado.

Se van a utilizar obras magnas para informar a la gente: Las enciclopedias. La primera que se publica es inglesa. Es de Londres de 1728. Eran tan solo 2 volúmenes y quedará relegada y oculta por la enciclopedia francesa.
Diderot y D´Alembert entre otros serán los que la lleven a cabo, contando con un grupo de 160 redactores y durante 10 u 11 años saldrán volúmenes periódicamente hasta un total de 35. Esta enciclopedia llevará por título: ?Enciclopedia o diccionario de ciencias, artes y otras materias?. El tomo 1º fue de 1761 ?con aprobación y privilegio del rey?. Hay volúmenes de textos, láminas y 2 de índices.

Fue todo un éxito. Pretendían unas 4000 suscripciones pero hubo más. Se agotaron las existencias y fue reeditada varias veces a lo largo del siglo. También fue traducida a varios idiomas.
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Periodismo: Teoría de la Información 2º Cuatrimestre. Parte II

TEORÍA DE LA INFORMACIÓN  2º semestre (Parte II) – Ir a Parte I

Área Albertinator

TEMA 11

EL ANÁLISIS DEL CONTROL INFORMATIVO

Nos centramos ahora en una visión macro de los media, en un análisis de los medios como sistemas globales de producción, sujetos a ciertas leyes de mercado y a las lógicas sociales de los intereses político-económicos de las empresas.
En el actual contexto (Capitalismo Tardío), el paradigma de la Economía Política es el más fructífero para estudiar los procesos económicos de lo informativo, poniendo de manifiesto que:
? El control de la información constituye una necesidad estratégica de la economía,
? Las industrias mediáticas están concentradas en conglomerados multimedia,
? El control ejercido sobre la actividad informativa se ejerce en tres niveles: micro, meso y macro,
? Este control está favorecido por la introducción de las nuevas tecnologías digitales y la liberalización mundial del mercado.

CREACIÓN DE EMPRESAS INFORMATIVAS ->

LA EMPRESA MEDIÁTICA

El carácter empresarial de los media lleva implícitas dos tendencias:
1. Cada vez se dispone de menos tiempo,
2. Pérdida de calidad y profundidad en la información. La información es fragmentaria y descontextualizada.

EL CUARTO PODER

En los últimos años, autores como I. Ramonet, plantean perspectivas críticas en las que los medios son un poder incapaz de comprender la globalización liberal; ha perdido, con el tiempo, su función de contrapoder, de dar voz a los sin-voz.
Las empresas mediáticas se ven tentadas a formar estructuras ciclópeas en las que reunir a tres esferas que en origen eran autónomas: la cultura de masas, la comunicación publicitaria y la comunicación informativa.

EL QUINTO PODER: LA COMUNICACIÓN ALTERNATIVA

Siguiendo a Noam Chomsky e I. Ramonet (2002), nos damos cuenta de que estos grandes grupos mediáticos ya no se proponen ser un “Cuarto Poder”, de aquí surge la necesidad de un “Quinto Poder” que informe sobre la información. Existe la necesidad de un Poder que denuncie a esos medios que, lejos de defender al ciudadano, son cómplices y difusores de la globalización liberal.
También se empieza a hablar de la comunicación alternativa, como una reacción local a un mundo global. Hay quien equipara este término a una comunicación popular de nuevo cuño; otros con una suerte de comunicación marginal o fuera del sistema; o quien lo erige como la cuna de la información contra el sistema capitalista.
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Periodismo: Apuntes Derecho a la Información

Periodismo: Apuntes Derecho a la Información

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Apuntes de sociología y cultura: Karl Marx, «El trabajo enajenado»

Apuntes de sociología y cultura: Karl Marx,  El trabajo enajenado

Hemos partido de los presupuestos de la Economía Política. Hemos aceptado su terminología y sus leyes. Damos por supuestas la propiedad privada, la separación del trabajo, capital y tierra, y la de salario, beneficio del capital y renta de la tierra; admitamos la división del trabajo, la competencia, el concepto de valor de cambio, etc. Con la misma Economía Política, con sus mismas palabras, hemos demostrado que el trabajador queda rebajado a mercancía, a la más miserable de todas las mercancías; que la miseria del obrero está en razón inversa de la potencia y magnitud de su producción; que el resultado necesario de la competencia es la acumulación del capital en pocas manos, es decir, la más terrible reconstitución de los monopolios; que, por último, desaparece la diferencia entre capitalistas y terratenientes, entre campesino y obrero fabril, y la sociedad toda ha de quedar dividida en las dos clases de propietarios y obreros desposeídos.

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