2ª PARTE: Parte declarativa de la Constitución
Estructura y principios constitucionales
1) La Constitución. Concepto.
Definición de constitución: es el cauce de expresión jurídica del orden político de la sociedad, que debe ser igualitario (no puede haber órdenes políticos distintos), libre (los ciudadanos, directamente o por representantes, deben determinar su contenido) y seguro (la Constitución prevé los mecanismos de ejecución de la ley dependientes de la voluntad popular). Cauce que asegura la autodirección política de la sociedad. La constitución siempre llega a la igualdad. La libertad es la consecuencia también de la igualdad, ya que con el sistema constitutivo ningún individuo se impone a otro.
La unidad del ordenamiento político y jurídico, a la entrada (el Estado tiene que ser la expresión política única de la sociedad), y a la salida (la voluntad general de la sociedad, la ley aprobada por el Parlamento es la referencia de todos los poderes del Estado) es exigencia de la igualdad.
La legitimación del Estado por la sociedad, en su origen y en su ejercicio es exigencia de la libertad.
Objetivo de la Constitución: garantizar la autodirección política de la sociedad mediante los derechos individuales (orden de la igualdad y la libertad de los individuos en sus relaciones políticas o públicas) y la división de poderes (combinación de ambos).
En un estado constitucional todos podemos prever las consecuencias de nuestras actuaciones y en ello precisamente radica la idea de seguridad jurídica. Son los tres fundamentos de la constitución.
La unidad en el ordenamiento jurídico garantiza que todos somos iguales ante la ley. No existen privilegios (la inviolabilidad parlamentaria afecta directamente a las libres decisiones de los representantes del pueblo en el ejercicio de su función pública). La legitimación del Estado es provocada por el pueblo, por la libertad de los ciudadanos. El objetivo de la constitución no es otro que autodirigir la sociedad con la división de poderes y los derechos fundamentales (dos de los conceptos principales de la constitución).
2) Estructura de la Constitución
1.1.-Preámbulo
1.2.-Parte declarativa
a) Título preliminar
b) Título I: la declaración de derechos
1.3.-Parte orgánica: fuentes y órganos del Estado
1.4.-Título X
3) Características esenciales y principios informadores
3.1.- Norma jurídica fundamental y superior que vincula a los ciudadanos y a los poderes públicos (art. 9.1 CE). Supremacía de la Constitución sobre todos los poderes constituidos. La actuación de estos será regular en la medida en que se adecue a la Constitución. Sus actos pueden ser controlados y anulados si no se adecuan a lo que establece la Constitución. La Constitución es la norma jurídica superior.
No sólo los ciudadanos están sujetos a la Constitución, sino que los poderes públicos han de atenerse también a ésta. (Cláusula del código deontológico del periodista que habla de procurar que los poderes públicos cumplan con sus funciones).
3.2.- La constitución es también la norma superior del ordenamiento, por encima de la ley: rigidez y justicia constitucional como garantías. El carácter jurídico de la Constitución deriva de las garantías constitucionales (reforma constitucional y control de la constitucionalidad). La reforma es el Prius lógico e histórico del control de constitucionalidad de la ley. Para que tenga razón de ser el control de constitucionalidad de la ley como garantía es necesario que nos encontremos ante una constitución con fuerza de norma jurídica, y para ello es necesario, a su vez, que la Constitución sea considerada como norma distinta a la ley y que se reforme por un procedimiento distinto al legislativo ordinario.
La reforma es la garantía extraordinaria. El control de constitucionalidad es la garantía ordinaria, que se pone en práctica cada vez que hay una controversia que exige interpretar la Constitución y comprobar si la ley es conforme con la Constitución. Sólo se debe acudir a la reforma cuando existe un problema que requiere una solución y esta solución no es posible mediante la interpretación de la Constitución.
Que la constitución sea la norma superior del ordenamiento y esté por encima de la ley es algo que parece en principio algo básico, sin embargo, ante lo ocurrido en Alemania con la llegada democrática de Hitler al poder, a pesar de que todos los estados poseían su constitución no se la tenía como algo fundamental. Fue entonces cuando se buscó algo más que la democracia para asegurar la constitución. Es entonces cuando surge la justicia constitucional como garantía de cumplimiento de la constitución. Por la necesidad de asegurar que la mayoría cumple la constitución se crea la justicia constitucional. Es así como la norma superior del ordenamiento otorga a la constitución rigidez y justicia constitucional como garantías.